Los derechos de autor son un aspecto en constante valoración debido a los problemas de violación y abuso que existe en torno a las descargas ilegales y empleo de material a expensas de sus propietarios.
Tal es la preocupación por regular el uso y presencia de los diferentes materiales registrados por los diversos usuarios, que recientemente han surgido varias polémicas que incluso salpican aspectos tan vigentes como las redes sociales, de mano del Artículo 13, con el cual se busca controlar de manera muy controvertida el empleo de estos materiales.
Esta pelea recurrente por el control de la difusión termina por afectar a todos los campos indistintamente. Comerciantes apelan a las demandas injustas por la implementación de hilos musicales en sus establecimientos por supuesta intención lucrativa.
Desde Servizos Xurídicos Avogados, despacho de abogados en Vigo, le brindamos información de interés y a tener en cuenta en este tipo de casos de mano de nuestro reciente éxito en la reclamación efectuada en el caso de los comercios de Mercaroupa en Cangas y Vilagarcía de Arousa, demostrando lo erróneo de la acusación de ánimo de lucro por la SGAE, parte demandante.
El uso de música con copyright en locales comerciales
No es algo reciente la implementación de música de fondo en los comercios para amenizar el ambiente, independientemente de la ocupación del mismo; desde tiendas de ropa hasta a actividades como la odontología, fisioterapia entre otros cuentan con un hilo musical que el que agradar el paso de los usuarios por el local en cuestión. No es una práctica reciente, ni tampoco las quejas reiteradas de las asociaciones de derechos de autor como SGAE (Sociedad General de Autores), AGEDI (Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales) y AIE (Artistas, Intérpretes y Ejecutantes Sociedad de Gestión de España), que increpan que la reproducción de música de fondo se considera una “comunicación pública” y por consiguiente, exposición no autorizada de material bajo propiedad intelectual.
En el caso mencionado anteriormente, por este mismo aspecto, se le reclamaba por parte de la SGAE y otras asociaciones un total de 1.471 euros más intereses al comercio Mercaroupa por uso indebido de este material.
No obstante, la profesional de Servizos Xurídicos Avogados, bufete de abogados en Vigo, Josefa C. Rúa Gayo, ha apelado al derecho de los propietarios de estos pequeños comercios, puesto que en estos casos no se trata de un abuso contra la propiedad intelectual al no existir una incidencia económica en la presencia de este hilo musical. Esto quiere decir que la música no es utilizada por parte de los comerciantes como una captación de clientes, habiendo, además, un componente de azar a la hora de la escucha. Los clientes llegan de forma gradual al establecimiento, de manera que no hay una difusión activa y reiterada del material.
Teniendo esto en cuenta, se puede asegurar que la presencia de la música es algo secundario que no se aplica, en este caso, a la venta de ropa.
Nuestros abogados en Vigo son expertos en temas de propiedad intelectual
Este tipo de casos suponen un cambio significativo en esta clase de procesos, puesto que no se trata de la primer vez que se le increpa a pequeños o medianos comercios por situaciones muy similares, donde el componente lucrativo es inexistente. En Servizos Xurídicos Avogados, abogados en Vigo, le ofrecemos el asesoramiento legal que necesite en esta clase de casos y otras problemáticas relacionadas con el campo del Derecho. Contacte con nosotros y visítenos en nuestros despachos en Vigo, Cangas y Vilagarcía de Arousa.