Cada vez es más común que los matrimonios y las uniones civiles lleguen a su fin. Pero, cuando llega su finalización, se debe tener en cuenta que dichas uniones son diferentes entre sí, ya que están reguladas por códigos y leyes distintas.
El matrimonio está reglado por una ley estatal, mientras que la pareja de hecho se regula dependiendo de las leyes de la comunidad en la que se registre. Así como se regulan de diferente manera, también se finalizarán por procedimientos distintos. En Servizos Xurídicos Avogados somos expertos en derecho civil y podemos ayudarle en todas las gestiones que necesite.
Finalizar un matrimonio y una unión civil
En las uniones civiles es mucho más sencillo terminar la relación. Se dará por terminada en las siguientes conjeturas:
- Fallecimiento.
- Común acuerdo, con acercarse y notificarlo en el registro es suficiente.
- Decisión por parte únicamente de uno de los miembros de la relación. Este es el punto que más contrasta con el matrimonio, puesto que en ese tiene que haber consenso entre ambas personas.
- Separación física, si hay un empadronamiento en otro lugar por parte de alguna de la dos personas
Sin embargo, cuando nos referimos al matrimonio el proceso se vuelve más tedioso. Para finalizar un matrimonio, encontramos dos opciones: el divorcio y la separación. También, al igual que en la unión civil, se da por terminado un matrimonio cuándo uno de los cónyuges fallece.
La principal diferencia entre estas dos formas de cese es que el divorcio supone la desaparición del vínculo matrimonial, permitiendo a los afectados la posibilidad de volver a casarse en el futuro. Mientras, en la separación se pondrá fin a la convivencia y se comenzarán vidas separadas, pero siempre sin romper el vínculo matrimonial. Cuando hablamos de la separación encontramos dos tipos:
- Separación de hecho. Puede ser decisión de una única persona en la relación o por mutuo acuerdo. Consiste en el cese de la convivencia de los cónyuges, sin reconocimiento de un juez.
- Separación judicial. Consiste en separarse por la vía judicial y, mediante la sentencia de un juez la disolución contará con efectos legales.
El divorcio supone también la ruptura del régimen económico y la pérdida a los derechos de sucesión de los cónyuges. Pese a contar con bastantes diferencias, también encontramos algunas similitudes como el cese de la convivencia en ambos casos o el tipo de relación con los hijos en común.
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